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Conferencia magistral · 16:30 — 17:30

Impacto económico de la regulación

José Luis De Ramón, economista, cierra los aportes sustantivos del Seminario con una mirada económica al impacto de la regulación en los sectores estratégicos de la República Dominicana.

Resumen ejecutivo

La regulación de los sectores estratégicos es un determinante de primer orden del desempeño económico de la República Dominicana. La evidencia empírica y comparada demuestra que no es la mera cantidad de normas, sino su calidad —claridad, predictibilidad, aplicación efectiva y evaluación de impacto— lo que explica las diferencias en inversión, productividad y crecimiento entre sectores. Los marcos regulatorios modernos de turismo (Ley 158-01/CONFOTUR), zonas francas (Ley 8-90), sistema financiero (Ley 183-02) y telecomunicaciones (Ley 153-98) han sostenido récords históricos de IED, empleo formal y exportaciones; el sector eléctrico, con pérdidas de distribución del 42,2 % en 2024 y subsidios que superaron los RD$106,500 millones ese mismo año, ilustra el costo fiscal de una regulación incompleta o débilmente ejecutada.

El Estado dominicano ha acelerado en los últimos cuatro años una modernización regulatoria de amplio espectro: el Pacto Eléctrico 2021-2030 (212 consensos), la Ley 167-21 de Mejora Regulatoria y su Registro Único (RUMR), el anteproyecto ANACE que reforma la Ley 42-08 de competencia incorporando por primera vez el control previo de concentraciones, y el Memorándum de Entendimiento con la OCDE firmado en París el 24 de marzo de 2026. El programa “Burocracia Cero” y el análisis de la Dirección de Análisis Regulatorio (DAR/CNC) revelan que el 60 % de la carga regulatoria total se concentra en apenas 10 trámites administrativos, lo que otorga a la simplificación focalizada un multiplicador macroeconómico considerable.

Para la audiencia franco-dominicana, estos procesos son especialmente relevantes: Francia es el segundo mayor inversor europeo en la República Dominicana y el octavo a nivel global, con un stock acumulado de IED superior a US$6,000 millones y compromisos de la Agencia Francesa de Desarrollo (AFD) que superan los US$1,294 millones. El modelo de reguladores sectoriales independientes de Francia —CRE (energía), ARCEP (telecomunicaciones), ACPR (banca), Autorité de la concurrence— es el referente institucional hacia el que converge la arquitectura regulatoria dominicana en su trayectoria OCDE, y las empresas francesas presentes en el país (TotalEnergies, Vinci Airports, Akuo Energy, Sanofi, CMA-CGM, Accor) son actores directamente afectados por cada reforma en curso.

Datos clave

42,2 %
Pérdidas de distribución eléctrica en 2024 — la cifra más alta en 15 años
Ministerio de Energía y Minas (MEM), Informe de Desempeño 2024
RD$106,542 MM
Subsidio eléctrico del Estado en 2024, frente a RD$40,597 MM promedio 2016-2020 (+162,4 %)
DIGEPRES 2025
US$4,523 MM
Inversión Extranjera Directa (IED) total recibida en 2024 (+3 % interanual)
Banco Central de la República Dominicana (BCRD) 2024
16,1 % del PIB
Aporte total del turismo a la economía nacional (US$20,500 MM en 2024)
World Travel & Tourism Council (WTTC), junio 2025
US$8,425,9 MM
Exportaciones de zonas francas en 2024, el 60,7 % del total de exportaciones de bienes
Consejo Nacional de Zonas Francas de Exportación (CNZFE), Informe Estadístico 2024
60 %
De la carga regulatoria total se concentra en solo 10 trámites administrativos clave
Dirección de Análisis Regulatorio (DAR), Consejo Nacional de Competitividad (CNC)
RD$3,971 billones
Activos totales del sistema financiero a junio 2025 (53,6 % del PIB), solvencia bancaria 18,4 %
Superintendencia de Bancos (SB), Informe Trimestral 2025
25 %
Participación de fuentes renovables en la matriz de generación eléctrica al cierre de 2025
Ministerio de Energía y Minas (MEM) / Comisión Nacional de Energía (CNE)

Infografía interactiva

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Autoridades regulatorias

Consejo Nacional de Competitividad (CNC) — Ley 1-06
Ente transversal público-privado presidido por el Presidente de la República. Coordina la simplificación administrativa (programa RD+Simple, Decreto 640-20) y el Análisis de Impacto Regulatorio (AIR). La DAR identificó que el 60 % de la carga regulatoria recae en 10 trámites.
Ministerio de Administración Pública (MAP) — Ley 167-21
Supervisa el Registro Único de Mejora Regulatoria (RUMR), lanzado en piloto en mayo de 2024 con siete instituciones. Gestiona los módulos de Agenda Regulatoria y Análisis de Impacto Regulatorio obligatorio para toda la Administración Pública.
Superintendencia de Electricidad (SIE) — Ley 125-01
Regula tarifas y fiscaliza el subsector eléctrico. Entre 2022 y 2025 emitió 20 reglamentos, incluyendo la Resolución SIE-007-2026-REG sobre generación distribuida. Intervino en 2024 para autorizar la adquisición de Akuo Energy.
Comisión Nacional de Energía (CNE) — Ley 100-13
Rectora de la política energética nacional. Emitió la Resolución CNE-AD-0005-2024 sobre sistemas de almacenamiento BESS. Tramitó 19 concesiones definitivas en 2024 y coordina el Plan Energético Nacional (PEN) 2025-2038.
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) — Ley 153-98
Regulador autónomo del sector TIC. En 2020-2024 emitió 1,110 resoluciones y formalizó contratos de concesión con Altice, Claro y Viva/Trilogy. Lideró la implementación de redes 5G en bandas 700 MHz y 3,5 GHz.
Pro-Competencia (futura ANACE) — Ley 42-08 / Anteproyecto feb. 2026
Autoridad de defensa de la competencia. Presentó en febrero de 2026 el Anteproyecto de Ley Orgánica Antimonopolio (ANACE) incorporando el control previo de concentraciones económicas, inexistente en la normativa vigente, en respuesta al Peer Review de la OCDE de 2024.
Banco Central / Junta Monetaria / Superintendencia de Bancos — Ley 183-02
Administración Monetaria y Financiera. La SB emitió las circulares de onboarding digital (011/22), sandboxes regulatorios (004-23) y cancelación digital de productos (CSB-REG-202500014), catalizando la digitalización bancaria.
CONFOTUR (Consejo de Fomento Turístico) — Ley 158-01 mod. por Ley 195-13
Evalúa proyectos turísticos e inmobiliarios y certifica el paquete de exenciones fiscales por 15 años (ISR, ITBIS, aranceles, IPI, impuesto de transferencia). En 2023-2024 aprobó 117 proyectos por US$5,411 millones.

Marco legal aplicable

Ley 1-12 — Estrategia Nacional de Desarrollo 2030 (END)
Marco de planificación a largo plazo con cuatro ejes estratégicos, 90 indicadores y 460 líneas de acción. Mandata los Pactos Fiscal, Educativo y Eléctrico. La línea 3.3.1.1 exige un Estado pro-competitivo que elimine trabas regulatorias. Base constitucional: Art. 241.
2012
Ley 42-08 — General de Defensa de la Competencia
Crea Pro-Competencia. Reglamentada por Decreto 252-20. En 2026 se tramita el Anteproyecto ANACE para modernizarla e incorporar el control previo de concentraciones, atendiendo recomendaciones del Peer Review OCDE 2024.
2008
Ley 125-01 — General de Electricidad (mod. por Ley 186-07)
Crea la SIE y la CNE. Define el marco de generación, transmisión y distribución eléctrica. La Ley 186-07 tipificó el fraude eléctrico como delito. El Pacto Eléctrico 2021-2030 opera dentro de este marco y establece la meta de 30 % de renovables para 2030.
2001
Ley 153-98 — General de Telecomunicaciones
Crea INDOTEL como regulador autónomo. Decreto 539-20 declara de alto interés nacional el acceso universal a Internet de banda ancha. Bajo este marco se implementaron las redes 5G y se formalizaron contratos de concesión con los tres operadores principales.
1998
Ley 183-02 — Monetaria y Financiera
Establece la Administración Monetaria y Financiera (Junta Monetaria, BCRD, Superintendencia de Bancos). Rige el sistema de intermediación financiera con índice de solvencia mínimo del 10 % (el sistema mantiene 18,4 %). Base del marco de regulación fintech y banca digital.
2002
Ley 158-01 — Fomento al Desarrollo Turístico (mod. por Ley 195-13)
Crea el régimen CONFOTUR. Otorga exención del 100 % durante 15 años de ISR, ITBIS, aranceles de importación, IPI y transferencia inmobiliaria para proyectos turísticos aprobados. Reduce el costo de construcción entre un 30 % y 40 %. Apreciación de suelo del 58 % en polos emergentes como Miches (2022-2026).
2001
Ley 8-90 — Zonas Francas de Exportación
Marco legal del CNZFE. Sustenta 94 parques con US$7,735 millones de inversión acumulada y US$8,425,9 millones de exportaciones en 2024 (60,7 % del total de bienes). Los sectores líderes son productos médicos, tabaco y textiles.
1990
Ley 167-21 — Mejora Regulatoria y Simplificación de Trámites
Crea el RUMR (Registro Único de Mejora Regulatoria) bajo el MAP. Obliga a todas las entidades públicas a publicar su agenda regulatoria y a realizar Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) ex ante con consulta pública obligatoria antes de adoptar nuevas normas.
2021
Ley 57-07 — Incentivo al Desarrollo de Fuentes Renovables de Energía
Provee exenciones tributarias y arancelarias para generación limpia. Ha transformado la matriz eléctrica: las renovables representaron el 25 % de la generación en 2025. Atrae IED de grandes actores internacionales como TotalEnergies y Akuo Energy.
2007
Decreto 408-25 y MoU RD-OCDE (24 marzo 2026)
El Decreto 408-25 declara de interés nacional la adhesión a la OCDE y crea una Comisión Presidencial. El MoU firmado en París por el canciller Roberto Álvarez y el secretario general Mathias Cormann formaliza el proceso de convergencia regulatoria hacia estándares OCDE.
2025-2026

Análisis profundo

1. Economía de la regulación: fundamentos conceptuales

La teoría económica justifica la intervención regulatoria en cuatro racionalidades principales: el monopolio natural (redes eléctricas, agua, telecomunicaciones fijas, donde los costos medios decrecientes hacen ineficiente la duplicación de infraestructuras), las externalidades negativas no internalizadas (emisiones, contaminación), las asimetrías de información (medicamentos, instrumentos financieros) y los bienes meritorios y derechos fundamentales —la Constitución Dominicana, en su artículo 15, declara el agua “patrimonio nacional estratégico de uso público, inalienable e imprescriptible”.

La crítica seminal de George Stigler (1971) introdujo la teoría de la captura regulatoria: “as a rule, regulation is acquired by the industry and is designed and operated primarily for its benefit”. Acemoglu y Verdier (2000) ofrecen la síntesis moderna: toda regulación implica costos potenciales —incluyendo riesgo de corrupción— pero las fallas de mercado tienen consecuencias suficientemente graves como para que la captura no pueda ser pretexto para no regular. La agenda de la OCDE —Better Regulation, RIA ex ante, evaluación ex post, simplificación, consulta pública— es la respuesta institucional a esta tensión.

2. Arquitectura regulatoria dominicana

La arquitectura regulatoria de la República Dominicana es densa y multinivel: la Constitución reformada en 2024, la Estrategia Nacional de Desarrollo (END 2030, Ley 1-12) como marco de planificación, más de quince leyes sectoriales con sus superintendencias y agencias autónomas, y un nivel transversal de simplificación y calidad regulatoria encabezado por el CNC y el MAP.

La Ley 1-12 organiza la acción estatal en cuatro ejes y 460 líneas de acción evaluadas por 90 indicadores. Su línea 3.3.1.1 dicta explícitamente la construcción de un “Estado pro-competitivo” que reduzca costos, trámites y tiempos de transacción. El Consejo Nacional de Competitividad (CNC, Ley 1-06), presidido directamente por el Presidente de la República, opera como ente transversal público-privado que coordina el programa “RD+Simple” y la Dirección de Análisis Regulatorio (DAR). Un hallazgo clave del análisis DAR: el 60 % de la carga regulatoria sobre empresas y ciudadanos se concentra en apenas 10 trámites administrativos.

La Ley 167-21 de Mejora Regulatoria formalizó el Registro Único de Mejora Regulatoria (RUMR), administrado por el MAP. Su plan piloto de mayo de 2024 involucró a siete instituciones (SIE, INDOTEL, Superintendencia de Seguros, SISALRIL, MICM, Ministerio de Medio Ambiente y Ayuntamiento de Santiago) y puso en prueba dos módulos críticos: la Agenda Regulatoria —que obliga a publicar anticipadamente todas las normas previstas— y el AIR —que exige justificación técnica de costo-beneficio para toda nueva regulación.

3. El sector eléctrico: el costo paradigmático de la regulación incompleta

El sector eléctrico es el ejemplo más citado del costo de una regulación insuficientemente ejecutada. La Ley 125-01 creó la SIE y la CNE, y la Ley 186-07 tipificó el fraude eléctrico como delito, pero la implementación ha sido históricamente débil. En 2024, las tres distribuidoras (Edenorte, Edesur, EdeEste) registraron pérdidas del 42,2 % —la cifra más alta en 15 años— de los 20,390 GWh comprados: 7,674 GWh no facturables y 4,6 % facturado pero no cobrado.

El subsidio estatal al sector pasó de un promedio de RD$40,597 millones anuales (2016-2020) a RD$106,542 millones en 2024, un incremento del 162,4 % (DIGEPRES). Estimaciones conservadoras sitúan el déficit del sector eléctrico en aproximadamente el 50 % del déficit fiscal nacional. El FMI, en su evaluación de noviembre 2025, consideró “imprescindible” la implementación completa del Pacto Eléctrico.

En el otro lado del balance regulatorio, la CNE ha atraído inversión de primer nivel: en julio de 2025, TotalEnergies firmó un acuerdo para adquirir el 50 % de AES Dominicana Renewable Energy (ADRE, cartera de más de 250 MW solares y eólicos); en agosto de 2024, la SIE autorizó a la empresa francesa Akuo Energy a adquirir el proyecto Energía Solar del Este Cabreto I (50 MW). La Resolución CNE-AD-0005-2024 sobre sistemas BESS (almacenamiento en baterías) responde al desafío de integrar energía intermitente en la red. La meta es alcanzar un 30 % de energía renovable en la matriz para 2030.

4. Turismo: la regulación como catalizador de inversión

El turismo ilustra el efecto opuesto al eléctrico. La Ley 158-01 y su modificación por la Ley 195-13 establecen el régimen CONFOTUR, que otorga exención completa de ISR, ITBIS, aranceles de importación, IPI y transferencia inmobiliaria durante 15 años desde la terminación de la construcción. Este paquete reduce el costo inicial de construcción entre un 30 % y 40 %.

Los resultados son inequívocos: 11,19 millones de visitantes en 2024 (103,7 % de la población; la RD es el líder regional en visitas per cápita), ingresos turísticos de US$10,970 millones (8,8 % del PIB), contribución total al PIB del 16,1 % según el WTTC, multiplicador económico de 2,88 y 893,000 empleos proyectados para 2025. La IED turística representó el 28,4 % del total nacional en 2024. Entre 2023 y 2024, CONFOTUR aprobó 117 proyectos por US$5,411 millones.

5. Zonas francas y sistema financiero: regulación que consolida ventajas competitivas

La Ley 8-90 creó el régimen de zonas francas gestionado por el CNZFE. Con 94 parques en operación en 2024 y una inversión acumulada de US$7,735 millones, las exportaciones de zonas francas alcanzaron US$8,425,9 millones en 2024, el 60,7 % del total de exportaciones de bienes dominicanas. Los sectores líderes por valor son productos médicos (25,1 %), tabaco (24,7 %) y confecciones (9,9 %). Los aportes al Estado en 2024 superaron RD$23,354 millones en servicios, principalmente seguridad social y energía.

El sistema financiero, regulado por la Ley 183-02, exhibe un índice de solvencia del 18,4 % frente al mínimo regulatorio del 10 %, activos de RD$3,971 billones (53,6 % del PIB) y una morosidad de apenas 1,92 %. La Superintendencia de Bancos ha impulsado una agenda de digitalización que elevó la confianza en banca móvil del 62 % al 91,3 % entre 2022 y 2025. En 2025 se registraron 322,596 cuentas abiertas 100 % digitalmente. El marco de regulación fintech incluye sandboxes regulatorios (Circular 004-23) y verificación digital de documentos (CSB-REG-202400010).

6. Mejora regulatoria e impacto en la competitividad: el modelo OCDE

La OCDE ha consolidado una agenda de calidad regulatoria centrada en el RIA (Regulatory Impact Assessment) ex ante, la consulta pública, la evaluación ex post, la simplificación administrativa y la cooperación regulatoria internacional. Los indicadores clave son los Worldwide Governance Indicators del Banco Mundial (que incluyen “Regulatory Quality”), el B-READY (sucesor del Doing Business, que cubrirá 180 economías hacia 2027, con la RD en las próximas ediciones) y el PMR (Product Market Regulation, que aún no incluye a la RD pero será parte del proceso de adhesión OCDE).

El Memorándum de Entendimiento RD-OCDE firmado el 24 de marzo de 2026 en París, junto con el Decreto 408-25 que declara de interés nacional la adhesión, constituyen el compromiso formal más importante de convergencia regulatoria. Las reformas pendientes prioritarias son: completar el Pacto Eléctrico, aprobar la nueva Ley ANACE de competencia, sancionar la Ley General de Agua, fortalecer el AIR/RIA y completar el proceso de adhesión plena.

7. El modelo francés y la relación bilateral

Francia ofrece el referente institucional más citado para la modernización regulatoria dominicana: una arquitectura de agencias administrativas independientes por sector — CRE (energía), ARCEP (telecomunicaciones y prensa), ACPR (banca y seguros), AMF (mercados de valores), Arcom (audiovisual) y Autorité de la concurrence (competencia, consolidada por Ley LME de agosto de 2008). Cada uno tiene su equivalente dominicano emergente (SIE/CNE, INDOTEL, SB/SS, SIMV, CONATEL, Pro-Competencia/ANACE).

La presidenta de ARCEP, Laure de La Raudière, ha sintetizado la lógica del modelo: “Notre rôle est de garantir l'ouverture et la compétitivité du marché, pas de réguler le marché de détail.” En el plano económico bilateral, Francia tiene un stock acumulado de IED superior a US$6,000 millones en la RD; en 2024 el flujo fue de US$163,1 millones (séptimo/octavo inversor). La deuda bilateral con Francia asciende a US$1,334 millones (julio 2025), de los cuales US$1,294,9 millones corresponden a la AFD. Empresas francesas directamente involucradas en los marcos regulatorios del Seminario: TotalEnergies y Akuo Energy (sector eléctrico renovable), Vinci Airports/Aerodom (concesión aeroportuaria con extensión de 30 años a partir de 2023), Sanofi (farmacéutico regulado por DIGEMAPS), CMA-CGM (logística), Accor y Club Med (turismo/CONFOTUR).

Debates actuales

Regulación como infraestructura institucional (posición dominante en el debate dominicano)
La experiencia de los sectores con mejor desempeño (turismo, zonas francas, banca, telecomunicaciones) demuestra que marcos regulatorios claros, predecibles y bien ejecutados son condición necesaria —no obstáculo— para la IED y el crecimiento. El costo de la “no regulación” en electricidad (42,2 % de pérdidas, subsidios de RD$106,542 MM) supera con creces el costo de cumplimiento de una regulación bien diseñada.
Calidad sobre cantidad: la agenda de simplificación (CNC, MAP, Burocracia Cero)
El 60 % de la carga regulatoria se concentra en 10 trámites. La Ley 167-21 y el RUMR imponen la obligación de realizar AIR (Análisis de Impacto Regulatorio) ex ante y consulta pública, introduciendo una disciplina de costo-beneficio en la producción normativa que no existía previamente. El debate es sobre la velocidad de implementación y la cultura institucional de cumplimiento.
Control previo de concentraciones económicas (Anteproyecto ANACE, 2026)
La ausencia de un régimen de notificación previa de fusiones y adquisiciones en la Ley 42-08 vigente es la principal brecha frente a los estándares OCDE. El anteproyecto ANACE introduce umbrales de notificación obligatoria. El debate gira en torno a los umbrales cuantitativos, el plazo de revisión y el alcance de las sanciones, con el sector privado solicitando plazos predecibles que no paralicen operaciones de M&A.
Reforma del sector eléctrico: tarifa, pérdidas y subsidios
El FMI (noviembre 2025) consideró imprescindible la implementación completa del Pacto Eléctrico para reducir riesgos fiscales. El debate enfrenta la necesidad de actualizar tarifas indexadas a costo real contra el impacto social en hogares de bajos ingresos (el Bonoluz beneficia a ~500,000 familias). La Resolución CNE-AD-0005-2024 sobre BESS avanza en almacenamiento renovable, pero el déficit de distribución sigue sin resolverse.
Convergencia OCDE y modelo de reguladores independientes
El MoU de marzo 2026 compromete a la RD a adoptar estándares OCDE de calidad regulatoria (RIA, consulta pública, neutralidad competitiva, gobierno corporativo). El referente explícito es el modelo europeo de agencias independientes, encarnado por los reguladores franceses (CRE, ARCEP, ACPR, AMF). El debate interno es sobre el ritmo de reforma, la dotación presupuestaria de los reguladores y la reforma fiscal integral que las calificadoras (Fitch BB-, Moody's Ba3+, S&P BB) señalan como condición para una mejora de la calificación soberana.

Glosario

RIA / AIR (Regulatory Impact Assessment / Análisis de Impacto Regulatorio)
Metodología ex ante que exige a toda entidad pública evaluar y cuantificar los costos y beneficios de una nueva norma antes de su adopción. La OCDE la considera pilar central de la calidad regulatoria. En la RD es obligatorio bajo la Ley 167-21 para todos los organismos registrados en el RUMR.
RUMR (Registro Único de Mejora Regulatoria)
Plataforma digital bajo el Ministerio de Administración Pública (MAP) donde todas las entidades del Estado dominicano deben registrar, publicar y actualizar sus trámites administrativos y su agenda regulatoria. Creado por la Ley 167-21; plan piloto iniciado en mayo de 2024.
Captura regulatoria
Fenómeno descrito por Stigler (1971) en que la industria regulada termina controlando al regulador para su propio beneficio, limitando la competencia y elevando rentas. Constituye el principal riesgo de diseño institucional que la independencia del regulador y la transparencia buscan mitigar.
BESS (Battery Energy Storage Systems / Sistemas de Almacenamiento de Energía en Baterías)
Tecnología de almacenamiento electroquímico que permite estabilizar la frecuencia de la red ante la intermitencia de las energías renovables (solar y eólica). La CNE emitió la Resolución CNE-AD-0005-2024 para obligar su incorporación en proyectos solares fotovoltaicos en la RD.
CONFOTUR (Consejo de Fomento Turístico)
Entidad que aplica el régimen de incentivos de la Ley 158-01: exención total de ISR, ITBIS, aranceles, IPI y transferencia inmobiliaria durante 15 años para proyectos turísticos calificados. La certificación definitiva solo se emite al concluir la construcción.
Pacto Eléctrico 2021-2030
Acuerdo de concertación nacional firmado el 25 de febrero de 2021 por el presidente Abinader, partidos políticos, sector empresarial y sociedad civil, con 212 consensos alcanzados tras tres años de debate en el CES. Establece hoja de ruta para la reforma integral del sector: tarifas, pérdidas, renovables (meta 30 % en 2030), FETE y Bonoluz.
ANACE (Autoridad Nacional Antimonopolio y Competencia Económica)
Entidad que reemplazaría a Pro-Competencia bajo el Anteproyecto de Ley Orgánica presentado en febrero de 2026. La reforma más relevante es la incorporación del control previo de concentraciones económicas (fusiones y adquisiciones que superen umbrales), mecanismo inexistente en la Ley 42-08 vigente.
AFD (Agence Française de Développement / Agencia Francesa de Desarrollo)
Banco público francés de desarrollo con más de 20 años de presencia en la RD. Principal acreedor bilateral del país: US$1,294,9 millones comprometidos en infraestructura urbana (Metro de Santo Domingo), agua, medio ambiente y resiliencia climática. Actúa en coordinación con la CCIFD y la embajada francesa.
Multiplicador económico del turismo
Coeficiente que mide el efecto multiplicado de la actividad turística en la economía. El estudio Analytica/Banco Popular/Asonahores (2024) estimó un multiplicador de 2,88 para la RD: por cada peso generado directamente por el turismo, se crean 1,88 pesos adicionales en la economía vía encadenamientos indirectos e inducidos.
B-READY (Business Ready)
Indicador del Banco Mundial que desde 2024 reemplaza al Doing Business. Mide entorno regulatorio, servicios públicos y eficiencia operativa en 10 áreas. La RD figuraba entre los top 5 del último Doing Business (2020); su incorporación al B-READY está prevista en ediciones futuras (objetivo: 180 economías hacia 2027).
Costo regulatorio
Conjunto de cargas económicas directas e indirectas que una norma impone a los administrados: tiempo de cumplimiento, costos administrativos, inversiones requeridas y pérdida de eficiencia. El CNC/DAR identificó que el 60 % de la carga regulatoria dominicana se concentra en 10 trámites, lo que orienta la priorización de la simplificación.
PMR (Product Market Regulation) — OCDE
Indicador de la OCDE que mide las barreras regulatorias a la competencia en los mercados de bienes y servicios. Francia tiene un marco “rather competition-friendly” según el PMR 2024. La RD no figura aún en la base PMR; su incorporación será parte del proceso de adhesión OCDE iniciado con el MoU de marzo de 2026.

Fuentes y lecturas adicionales

Pregunta central

¿Cuál es el costo económico real de la regulación en los sectores estratégicos dominicanos, y cuáles son las palancas para optimizarlo sin debilitar la disciplina institucional?

Participantes

  • José Luis De RamónEconomista

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