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📄 Documento 24 de 95

Contrato de Prestación de Servicios

Modelo de contrato civil/comercial para freelancers, consultores y agencias externas. NO genera relación laboral. Anexo obligatorio: NDA + No Competencia + Cesión de IP para Contratistas.

⚠️ Documento interno. Borrador para revisión legal por abogado dominicano colegiado antes de notarización.

Contrato de Prestación de Servicios

Marco contractual civil/mercantil (no laboral) para profesionales independientes, freelancers, consultores y agencias. Conforme al Código Civil dominicano y al Código de Comercio. Cada contratación firma este contrato + el NDA + No Competencia + Cesión de IP para Contratistas como anexo obligatorio.


CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

ENTRE:

LAWRA, S.R.L., RNC [], domicilio en [], representada por su Gerente, [__] (en lo sucesivo, “Lawra” o el “Cliente”).

Y:

[Nombre del Contratista — persona física o jurídica], [identificación: cédula / RNC / EIN], [profesión / actividad], domicilio en [], [en su caso] representada por **[]** en su calidad de [__] (en lo sucesivo, el “Contratista” o el “Prestador”).

(Conjuntamente, las “Partes”.)


CLÁUSULAS

PRIMERA — OBJETO

1.1. El Contratista prestará a Lawra los servicios profesionales descritos en el Anexo I — Alcance de los Servicios (los “Servicios”), bajo la modalidad de prestación independiente de servicios profesionales, sin que ello constituya relación laboral.

1.2. El Contratista actuará con la autonomía técnica propia de su profesión / oficio, asumiendo la dirección y métodos de trabajo, sin subordinación jerárquica con Lawra, y respondiendo por la calidad y oportunidad de los entregables.

SEGUNDA — PLAZOS Y ENTREGABLES

2.1. — Vigencia del Contrato: desde [__] hasta [__], o (alternativa) por la duración del proyecto descrito en el Anexo I.

2.2. — Entregables y plazos: según se especifica en el Anexo I, con hitos intermedios y fechas concretas.

2.3. Las prórrogas serán acordadas por escrito (correo electrónico verificable es suficiente).

TERCERA — REMUNERACIÓN

3.1. — Honorarios: RD$ [__] o USD [__] por [hora / día / proyecto / hito], conforme a la Orden de Servicio firmada y al Anexo I.

3.2. — Calendario de pago: [Mensual contra entrega · Por hito · 50% upfront + 50% a entrega · Otro: ___].

3.3. — Forma de pago: Transferencia bancaria a la cuenta del Contratista, dentro de los 30 días posteriores a la recepción de la factura emitida con NCF tipo 01 (Crédito Fiscal). Para contratistas no residentes, los términos se especifican en la Orden de Servicio.

3.4. — Impuestos y retenciones: El Contratista emitirá facturas fiscales conforme a la normativa DGII. Cuando aplique, Lawra retendrá los impuestos exigidos por ley (ISR a personas físicas profesionales, ITBIS a no contribuyentes, retenciones a no residentes) y entregará al Contratista el comprobante correspondiente.

3.5. — Gastos reembolsables: Los gastos asociados a los Servicios (viáticos, materiales, software de terceros) serán cubiertos por Lawra previa aprobación escrita y con documentación de respaldo.

CUARTA — INDEPENDENCIA

4.1. El Contratista es profesional independiente. Este Contrato NO constituye contrato de trabajo ni genera relación laboral. En consecuencia, no aplican disposiciones del Código de Trabajo (preaviso, cesantía, salario de Navidad, vacaciones laborales, TSS, etc.).

4.2. El Contratista asume:

  • Sus propias obligaciones tributarias (ISR, ITBIS si aplica);
  • Su propia seguridad social y previsiones;
  • Sus equipos, herramientas y gastos operativos (salvo los reembolsables previa aprobación);
  • Sus propios permisos profesionales;
  • La responsabilidad civil profesional por sus actos.

4.3. El Contratista podrá prestar servicios a otros clientes simultáneamente, siempre que no compitan con Lawra y no afecten el cumplimiento de los Servicios contratados (sujeto a la cláusula de no competencia del Anexo).

QUINTA — CONFIDENCIALIDAD, NO COMPETENCIA Y PROPIEDAD INTELECTUAL

El Contratista se obliga a las disposiciones del Acuerdo de NDA + No Competencia + Cesión de Propiedad Intelectual para Contratistas (/incorporation/nda-contratistas/), el cual constituye anexo único e indivisible del presente Contrato.

SEXTA — CALIDAD Y ESTÁNDARES

6.1. El Contratista prestará los Servicios con diligencia profesional, conforme a los estándares aceptables en su disciplina.

6.2. En caso de defecto en los entregables, el Contratista los corregirá sin costo adicional dentro de un plazo razonable (no mayor a 15 días), salvo que el defecto sea atribuible a causa imputable a Lawra.

6.3. Lawra podrá rechazar entregables que no cumplan con los estándares acordados, mediante notificación motivada por escrito dentro de los 10 días siguientes a la entrega.

SÉPTIMA — TERMINACIÓN

7.1. Cualquiera de las Partes puede terminar este Contrato:

  • (a) Al término del plazo o proyecto, sin obligación de continuidad;
  • (b) Por mutuo acuerdo en cualquier momento;
  • (c) Por incumplimiento sustancial no subsanado dentro de los 15 días posteriores al requerimiento escrito;
  • (d) Para conveniencia, por cualquiera de las Partes con 30 días de preaviso, en cuyo caso Lawra pagará los Servicios efectivamente prestados hasta la fecha de terminación más los gastos no recuperables.

7.2. En caso de insolvencia, quiebra o disolución de cualquiera de las Partes, la otra podrá terminar inmediatamente.

7.3. Tras la terminación, las obligaciones de confidencialidad, cesión de IP y no competencia subsisten conforme al Anexo.

OCTAVA — RESPONSABILIDAD Y LIMITACIÓN

8.1. Cada Parte responderá por los daños directos que cause a la otra por incumplimiento del Contrato.

8.2. Salvo en caso de dolo o culpa grave, la responsabilidad agregada de cada Parte por todas las causas combinadas no excederá del importe efectivamente pagado al Contratista en los doce (12) meses anteriores al hecho.

8.3. El Contratista se compromete a contar con seguro de responsabilidad civil profesional cuando el monto de la prestación o la naturaleza del servicio lo justifiquen.

NOVENA — POLÍTICAS APLICABLES

El Contratista respetará:

  • Política de Protección de Datos (/incorporation/proteccion-datos/);
  • Política de Propiedad Intelectual (/incorporation/propiedad-intelectual/);
  • Aviso Legal sobre IA (/incorporation/aviso-legal-ia/).

DÉCIMA — RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

10.1. Mediación → arbitraje institucional administrado por el Centro de Resolución Alternativa de Controversias (CRC) de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo, idioma español, sede Santo Domingo.

DÉCIMA PRIMERA — DISPOSICIONES GENERALES

11.1. — Notificaciones: Por correo electrónico verificable a las direcciones registradas; o por correo certificado al domicilio. 11.2. — Cesión: Ninguna Parte puede ceder el Contrato sin consentimiento escrito de la otra, salvo cesión a sucesor legal. 11.3. — Acuerdo Íntegro: Este Contrato + Anexos constituyen el acuerdo íntegro. 11.4. — Modificaciones: Por escrito. 11.5. — Ley Aplicable: República Dominicana.


ANEXO I — Alcance de los Servicios

CampoValor
Descripción del proyecto[__]
Entregables específicos1. [] · 2. [] · 3. [__]
Hitos y fechas[__]
Forma y métricas de aceptación[__]
Reuniones / cadencia[__]
Personas-puente en Lawra[__]
Herramientas / accesos a otorgar[__]
Restricciones específicas[__]

ORDEN DE SERVICIO (acompaña este Contrato)

CampoValor
Vigencia[Desde — Hasta]
HonorariosRD$ [] / USD [] por [hora / proyecto / hito]
Calendario de pago[__]
Datos de facturación[__]
Anexo NDA + Non-Compete + IPSí (obligatorio)

EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, las Partes firman el presente Contrato en [ciudad], a los [] días del mes de [] del año [__], en dos (2) ejemplares.


LAWRA, S.R.L. Por: [Gerente]


[Nombre del Contratista] Cédula / RNC: [__]

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